<p>El 06/04/2012 20:33, "Marco Fernández" <<a href="mailto:marco.muca@gmail.com">marco.muca@gmail.com</a>> escribió:<br>
><br>
> Tienen licencia Creative Commons-Reconocimiento (CC-by 3.0), supongo que no hay problema... ¿no?</p>
<p>Por un lado, en espíritu podría valer (pero habría que mirar la letra pequeña de la cc-by, la odbl y sobre todo los contributor terms. El problema es lo que pone debajo, igual que en euskadi:</p>
<p>" a. Que o contido da información non sexa alterado"</p>
<p>¡Eso no es open data, señores! Y es el pilar básico de OSM. El problema es que es una interpretacion (no sé si errónea o intencional) de la ley RISP.</p>
<p>Estoy por preparar una carta abierta a las aapp.<br>
--<br>
Jaime Crespo<br>
</p>